Resolución subvenciones de medio ambiente y clima

Queridos agricultores,

Informamos que en el tablón de anuncios de la Consejería se ha publicado: Resolución del 14 de diciembre de 2020 de la Dirección General de Agricultura por la se conceden y abonan las subvenciones destinadas a la adopción de medidas de agroambiente y clima, convocadas por orden de 24 de abril de 2020.
Pueden consultar la resolución completa en el siguiente enlace:

https://sede.gobcan.es/agp/anuncios/c8512633-9e87-4bde-8b46-41d3e82c61d5

En resumen, todas las personas beneficiarias incluidos en el Anexo 1 han aceptado la subvención concedida, además de haber presentado el resto de la documentación preceptiva en su caso, salvo los que resultan beneficiarios como consecuencia del estudio y valoración de las alegaciones presentadas a la resolución de concesión provisional.

Se han presentado alegaciones a la Resolución provisional por los interesados que se recogen en el Anexo 2 y han sido analizadas por el órgano gestor. En el anexo 2 se relacionan las alegaciones a la resolución provisional presentadas por las personas interesadas y las revisiones de oficio del órgano gestor de dicha resolución, detallando las comprobaciones realizadas y el resultado de las mismas.

Aquellas personas interesadas que, como consecuencia de sus alegaciones, resulten beneficiarios de las subvenciones, o que habiendo resultado beneficiarios en la resolución provisional, su subvención resulte modificada en los importes de las mismas, y de acuerdo con el apartado 5 del artículo 64 de la Orden de 15 de septiembre de 2016, deberán realizar, en un plazo que no podrá ser inferior a diez días, lo siguiente:

1. Presentar la aceptación expresa de la subvención.
2. Figurar de alta de terceros en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC).

Se entenderá que la persona interesada no acepta la subvención cuando no aporte esta documentación, o no figure dada de alta de terceros en el SEFLOGIC.

-Las personas interesadas relacionadas en el Anexo 3 deberán presentar la aceptación expresa de la subvención en el plazo de diez días, contados desde la publicación de la presente Resolución en el Tablón de Anuncios Electrónicos de la Comunidad
Para aceptar primero se deberá acceder a la sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca mediante el enlace: https://sede.gobcan.es/agp y seguir los siguientes secuencia:
a) Acceder al “Área personal”.
b) Acceder a “Gestión de requerimientos pendientes”.
c) Pulsar “Contestar requerimiento” en el requerimiento que corresponda, para acceder al
mismo. Asegurarse, tras acceder, en el encabezado, que se trata del Requerimiento de “1ª Aceptación expresa”, en este caso, pues pudiera tener en su bandeja otros requerimientos.
d) Para acceder al “formulario de aceptación” (o de subsanación, como lo llama la Sede), pulsar en Iniciar.
e) Rellenar el formulario electrónico, y firmarlo.
f) Añadir los documentos solicitados en su caso, y firmarlos.
g) Contestar el requerimiento de aceptación..

– Además en el Anexo 4 Sobre la acumulación de las solicitudes presentadas
– En el Anexo 5 aparecen las solicitudes desestimadas al no cumplir algunos de los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
– En el Anexo 6 se recoge la relación de las personas peticionarias que no han aceptado la subvención
– En el Anexo 7 se relacionan las solicitudes presentadas

Si tiene cualquier duda puede consultarnos en el 922 40 10 83-